Mediación civil

Como abogado y mediador, mi objetivo es facilitar la resolución de controversias que surgen en las relaciones privadas de los ciudadanos, ofreciendo una alternativa eficaz a la vía judicial basada en el rigor de la legalidad. La mediación civil permite que las partes mantengan el control sobre la solución de su conflicto, ahorrando tiempo, costes emocionales y recursos económicos.

Puedo ayudarle a resolver una amplia extensión de conflictos civiles, entre los que destacan:

Derecho de Obligaciones y Contratos: Resolución de discrepancias en la interpretación de contratos, incumplimientos contractuales, reclamaciones de cantidad y deudas. 

Derecho de Propiedad y Derechos Reales: Conflictos relacionados con la propiedad de bienes, comunidades de propietarios, servidumbres y relaciones de vecindad. 

 Responsabilidad Civil: Mediación en casos de daños y perjuicios derivados de accidentes o negligencias, buscando una reparación justa y consensuada. 

Arrendamientos: Conflictos entre propietarios e inquilinos por el uso de viviendas o locales comerciales, fianzas y contratos de alquiler.

Mi trayectoria de más de 10 años en la aplicación de normativa legal y la gestión de situaciones complejas garantiza un proceso de mediación con plena solvencia técnica y seguridad jurídica. Al elegir la mediación, usted apuesta por un acuerdo con validez legal que prioriza el diálogo y la protección de sus intereses privados de acuerdo con la legislación vigente.

¿Por qué la mediación civil es la vía óptima para resolver su conflicto?

El acuerdo final posee fuerza vinculante y es plenamente ejecutable de forma inmediata tras su elevación a escritura pública o su homologación judicial, de estricta conformidad con la Ley 5/2012.

Todo el procedimiento está amparado por el secreto profesional. Ninguna información o documento aportado puede ser utilizado con posterioridad como prueba en un eventual tribunal.

Evita el severo desgaste económico de las tasas y honorarios de un litigio judicial prolongado, reduciendo la resolución de la disputa a un número mínimo de sesiones.

Al fundamentarse en el diálogo dirigido y la mutua concesión, el proceso mitiga el impacto emocional y protege los intereses patrimoniales comunes de las partes de cara al futuro.

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